Convenio de Basilea

SOBRE EL CONTROL DE LOS MOVIMIENTOS TRANSFRONTERIZOS DE LOS DESECHOS PELIGROSOS Y SU ELIMINACIÓN.

Es un tratado ambiental global que regula estrictamente el movimiento transfronterizo de desechos peligrosos y estipula obligaciones a las Partes para asegurar el manejo ambientalmente racional de los mismos, particularmente su disposición.


Objetivos

    A. Controlar los movimientos transfronterizos de desechos peligrosos.
    B. Monitorear y prevenir el tráfico ilícito.
    C. Proveer asistencia en el manejo ambientalmente adecuado de los desechos.
    D. Promover la cooperación entre las Partes
    E. Desarrollar Guías Técnicas para el manejo de los desechos peligrosos.

Principios Básicos

    1.-El tránsito transfronterizo de desechos peligrosos debe ser reducido al mínimo consistente con su manejo ambientalmente apropiado.
    2.-Los desechos peligrosos deben ser tratados y dispuestos lo más cerca posible de la fuente de su generación.
    3.-Los desechos peligrosos deben ser reducidos y minimizados en su fuente.

    Desechos: sustancias u objetos a cuya eliminación procede, se propone proceder o se está obligado a proceder en virtud de lo dispuesto en la legislación nacional

    Manejo: se entiende la recolección, el transporte y la eliminación de los desechos peligrosos o de otros desechos, incluida la vigilancia de los lugares de eliminación

    Movimiento transfronterizo: se entiende todo movimiento de desechos peligrosos o de otros desechos procedentes de una zona sometida a la jurisdicción nacional de un Estado y destinado a una zona sometida a la jurisdicción nacional de otro Estado, o a través de esta zona, o a una zona sometida a la jurisdicción nacional de ningún Estado, o a través de esta zona, siempre que el movimiento afecte a dos Estados por lo menos.