Funciones de la Secretaría

Artículo 3º—Serán funciones de esta Secretaría:

a) Buscar las acciones tendientes para la ratificación, implementación y seguimiento de los Convenios relacionados con el tema de la gestión de sustancias químicas.

b) Velar y apoyar las políticas, estrategias, programas y acciones para el manejo de las sustancias químicas en el país.

c) Apoyar para que estas acciones y medidas establecidas se implementen de una forma coordinada e integrada en los diferentes sectores de la sociedad.

d) Velar y apoyar las acciones con las autoridades nacionales y puntos focales de los diferentes convenios y otros entes internacionales en materia de las sustancias químicas según corresponda.

e) Velar y apoyar a las autoridades nacionales, en la elaboración de informes a las diferentes convenciones y gestionar la ayuda técnica de expertos para su preparación.

f) Velar y apoyar las autoridades nacionales en aplicación y el seguimiento de las resoluciones y recomendaciones adoptadas por las conferencias de las partes en materia de sustancias químicas.

g) Velar y apoyar a las autoridades nacionales en la difusión de la información que se genere en las diferentes convenciones y en las conferencias de las partes.

h) Velar y apoyar con otras acciones que las autoridades nacionales consideren necesarias en el ámbito de su competencia.

i) Velar y apoyar en la organización de talleres, simposios, conferencias, charlas y cursos promovidos por las autoridades nacionales, centros regionales y secretarías ejecutivas de los convenios respectivos.

j) Velar y apoyar en el estudio y emisión de criterios no vinculantes con relación a las notificaciones, en aquellos casos particulares que por su complejidad técnica, o su potencial riesgo a la salud y al ambiente, le sometan a consideración la autoridad nacional competente o punto focal cuando corresponda.

k) Velar y apoyar con recomendaciones técnicas y jurídicas, relacionadas con proyectos de ley y reglamentación técnica sobre sustancias químicas.

l) Velar y apoyar con planes de acción relacionados con la materia que elaboren los ministerios competentes.

m) Elaborar el Plan de Acción de la Política Nacional de Seguridad Química.

n) Identificar y promover alianzas de cooperación, nacional o internacional, públicos o privados para el fortalecimiento de la gestión de las sustancias químicas.

o) Convocar y conformar los grupos técnicos interinstitucionales que se requieran, para que cada uno de los componentes del Plan de Acción de la Política Nacional de Seguridad Química, sea desarrollado e implementado.

p) Solicitar a los jerarcas de las instituciones que conforman la Secretaría, informar sobre los avances en la implementación del Plan de Acción de la Política de Seguridad Química”.